Informe Anual de Actuación 2019
Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía 16 No obstante, su autonomía respecto de la Junta de Andalucía, el carácter público de su naturaleza hace que el régimen presupuestario, patrimonial, económico- financiero, de contabilidad e intervención del Consejo sea el establecido en el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía y en las demás disposiciones que le sean de aplicación. El régimen de contratación será el establecido para las administraciones públicas en el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (artículo 44.3 LTPA). Los Estatutos del Consejo fueron aproba- dos por el Decreto 434/2015, de 29 de septiembre, y en ellos se recogen sus re- glas de organización y funcionamiento. De acuerdo con lo previsto en sus Estatutos, y tras su designación por mayoría absoluta del Parlamento de Andalucía, por Decreto 3/2016, de 12 de enero se nombró a Manuel Medina Guerrero como director del Consejo, tomando posesión del cargo el 26 de enero de 2016. 1.2 Finalidad y estructura El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía se crea para una doble finalidad (artículo 45 LTPA). De un lado, actuar en el territorio de Andalucía como autoridad pública independiente de control en materia de protección de datos en los términos previstos en el artículo 41 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y, de otro, actuar como órgano independiente e imparcial garante del derecho a la transparencia, conforme a lo previsto en la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía y en la legislación básica en la materia (a fecha de hoy, Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno). Para la consecución de este doble objetivo, se diseña la estructura del Consejo como órgano complejo de composición dual, de modo que está integrado por: ‣ La Dirección, órgano unipersonal que desarrolla las funciones ejecutivas. ‣ La Comisión Consultiva de la Transpa- rencia y la Protección de Datos, órgano colegiado de participación y consulta en ambas materias. 1.3 Dirección. Funciones La Dirección del Consejo es nombrada por el Consejo de Gobierno por un periodo de 5 años no renovable. La designación corres- ponde al Parlamento de Andalucía, por ma- yoría absoluta, y debe recaer en una perso- na de reconocido prestigio y competencia profesional. Ejercerá sus funciones con plena indepen- dencia y objetividad, y no estará sujeta a instrucción alguna en el desempeño de aquellas. No obstante, la persona que ejer- za la Dirección deberá oír a la Comisión
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