Informe Anual de Actuación 2019

Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía 108 dictase resolución, el reclamante interpuso una demanda contra la negativa municipal y contra el silencio del Consejo. Tras la demanda, el Ayuntamiento de Espe- luy se allanó a dar la información y así ha sido recogido finalmente en una sentencia del Juzgado contencioso-administrativo n.º 7 de Sevilla. Asunto IBI. Sentencia desfavorable Un ciudadano solicitó a numerosos con- sistorios andaluces el listado de sus inmuebles, rústicos y urbanos, exentos del pago del Impuesto sobre Bienes In- muebles. Dos de estos ayuntamientos - La Palma del Condado (Huelva) y Sevi- lla- negaron la información y el ciudadano presentó las correspondientes reclama- ciones ante el Consejo, que, tras exami- nar la cuestión, resolvió, por ser de claro interés general, que se facilitase la rela- ción de dichos bienes, con expresión de sus domicilios, cuantía y causa legal de la exención, así como la titularidad de los mismos en el caso de que ésta recaiga en el Estado, las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales (o en los organis- mos y entidades de ellos dependientes), así como en los gobiernos extranjeros respecto de los bienes mencionados en el art. 62.1 e) TRLHL. Los mencionados municipios, reacios a la transparencia, impugnaron sus respectivas resoluciones y ambos recursos fueron estimados. Estas resoluciones judiciales dictadas en primera instancia fueron recurridas en ape- lación por el Consejo, pues esta autoridad de control entendía que, primero, dichas sentencias infringían la Disposición Adi- cional Decimoséptima de la Ley 40/2015, así como la Disposición Adicional Primera ap.2º LTAIBG (reproducida literalmente en la Disposición Adicional Cuarta ap.2º LTPA), cuando entienden que la materia tributaria desplaza o se aplica con preferencia a la le- gislación de transparencia. Asimismo, se argüía por el Consejo que dichas sentencias de instancia realizaban una interpretación contraria a derecho del art. 95 LGT, que conducía a considerar que, en el ámbito tributario, la tradicional tensión entre publicidad y reserva, que preside las relaciones entre administrado y Administración, se decante a favor de esta última. A pesar de lo fundamentado, la Sala de Se- villa del TSJA se ha pronunciado en el caso de La Palma del Condado, desestimando la apelación. Asunto Registradores de la Propiedad. Sentencia favorable Con fecha 28 de octubre, recayó sentencia del Juzgado contencioso- administrativo nº 6 de Sevilla en el litigio de los Registrado- res de la Propiedad. La decisión judicial, de gran trascendencia, hace suyos los argu- mentos a favor de la transparencia que este Consejo expuso durante el pleito, e impone

RkJQdWJsaXNoZXIy MTEw