El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía ha instado al Ayuntamiento de Isla Cristina (Huelva) a facilitar información sobre contratos, convenios, subvenciones y ayudas públicas, relativa a certámenes, galas, festivales y eventos celebrados en la localidad, dando cumplimiento a la Ley de Transparencia Pública de Andalucía. Así lo ha dictaminado la autoridad de control tras resolver sendas reclamaciones interpuestas por un ciudadano que vio desatendido su derecho a acceder a información pública.
La legislación en materia de transparencia obliga a órganos y entidades de carácter público a resolver en plazo las solicitudes de acceso a información que le sean planteadas, pudiéndose incurrir en infracción si se incumple este extremo. De la misma forma, la falta de respuesta es entendida como una denegación de la solicitud realizada. El Ayuntamiento onubense incumplió este mandato legal y no respondió en ningún momento al ciudadano, hecho que motivó a éste último a acudir al Consejo.
Pero además se da la circunstancia de que la información que reclamaba el ciudadano constituye una obligación de publicidad activa, es decir, el Consistorio está obligado a subirla a su portal web, según queda recogido en el artículo 15 de la Ley.
Este artículo estipula que todos los contratos, convenios, subvenciones y ayudas públicas deben estar colgados en la sede electrónica del Ayuntamiento. En concreto, en el capítulo de contratos, señala que deben incluirse información como el objeto, la duración, el importe de licitación y de adjudicación, el procedimiento utilizado, los instrumentos a través de los que se ha publicitado, el número de licitadores participantes y la identidad del adjudicatario. También las modificaciones y prórrogas, los procedimientos que hayan quedado desiertos, los supuestos de resolución de contrato o declaración de nulidad, los casos de posibles revisiones de precios y cesión. Igualmente, serán objeto de publicación las decisiones de desistimiento y renuncia de los contratos y las subcontrataciones que se realicen con mención de las personas adjudicatarias.
Por lo que respecta a los convenios suscritos, deben hacerse públicos con las partes firmantes, el objeto, plazo de duración, modificaciones, personas obligadas a la realización de las prestaciones y obligaciones económicas convenidas. Igualmente, se publicarán las encomiendas de gestión que se firmen, con indicación de su objeto, presupuesto, obligaciones económicas y las subcontrataciones que se realicen con mención de las personas adjudicatarias, procedimiento seguido para la adjudicación e importe de la misma.
Por último, también han de estar incluidas en la web municipal las subvenciones y ayudas públicas concedidas indicando la convocatoria o la resolución de concesión en el caso de subvenciones excepcionales, el programa y crédito presupuestario al que se imputan, su importe, objetivo o finalidad y personas beneficiarias.
Así las cosas, el Consejo, como órgano que vela por el cumplimiento de la Ley de Transparencia, insta al Ayuntamiento a facilitar al ciudadano la información solicitada.
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El Consejo
El Consejo es la autoridad independiente de control en materia de transparencia y protección de datos en la Comunidad Autónoma de Andalucía, creado por la Ley 1/2014 de Transparencia Pública de Andalucía. Posee personalidad jurídica propia y plena autonomía e independencia en el ejercicio de sus funciones.
Su objetivo se centra, por un lado, en velar por el cumplimiento de la normativa de transparencia pública, tanto en lo que se refiere a publicidad activa como a la defensa y salvaguarda del derecho de acceso a la información pública y, por otra, controlar el cumplimiento de la normativa de protección de datos personales por parte del sector público andaluz.