Ante las numerosas consultas relativas a las nuevas obligaciones impuestas por el Reglamento europeo formuladas tanto por organismos públicos, como entidades privadas y particulares, este Consejo considera necesario INFORMAR de la situación en que se encuentra en relación con el ejercicio de la competencia en materia de protección de datos:
1. La Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, vigente a este respecto desde el 1 de enero de 2015, dispone que el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía actuará en el territorio de Andalucía como autoridad pública independiente de control en materia de protección de datos.
2. A pesar de esta clara previsión legal (que venía a desarrollar el artículo 82 del Estatuto de Autonomía), el Decreto 434/2015, de 29 de septiembre, por la que se aprueban los Estatutos del Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía aplazó la asunción efectiva de esta competencia al señalar, en la Disposición transitoria tercera, que:
“El Consejo asumirá las funciones en materia de protección de datos que tiene atribuidas de conformidad con lo que establezcan las disposiciones necesarias para su asunción y ejercicio por la Comunidad Autónoma. En tanto se lleve cabo la aprobación y ejecución de dichas disposiciones continuarán siendo ejercidas por la Agencia Española de Protección de Datos”
3. Hasta la fecha el Gobierno andaluz no ha adoptado ninguna decisión encaminada a que este Consejo pueda ejercer esta competencia en materia de Protección de Datos que legalmente tiene atribuida.
4. En consecuencia, hasta que el Gobierno andaluz no decida desbloquear el ejercicio efectivo de esta competencia, el Consejo no estará jurídicamente habilitado para atender consultas, ni gestionar comunicaciones, notificaciones, etc. que se dirijan a nuestro organismo ya sea por la ciudadanía o por entidades públicas o privadas.
5. Todas estas cuestiones deberán, por consiguiente, trasladarse a la Agencia Española de Protección de Datos, que sigue siendo la autoridad de control competente también en el territorio andaluz por las razones expuestas.