Ficha Resumen de la Resolución

Número
PA-77/2022
Fecha
28/10/2022
Resumen
La persona denunciante atribuye a la entidad local un supuesto incumplimiento de lo dispuesto en el art. 15 a) LTPA derivado de la ausencia de publicación electrónica de los contratos menores celebrados por el Ayuntamiento en el periodo comprendido entre diciembre de 2019 y marzo de 2022.
Esta incidencia ha podido ser confirmada por el Consejo tras consultar tanto la página web municipal como el Portal de Transparencia (en especial, el epígrafe dedicado al 'Perfil del Contratante') y la Oficina Virtual (Sede Electrónica) en su conjunto, ya que sólo ha resultado posible obtener información relacionada con el ejercicio 2021.
Así pues, en virtud de lo dispuesto en el artículo 23 LTPA, el Consejo ha de requerir al Consistorio denunciado la correspondiente subsanación, lo que debe traducirse en la necesaria publicación en la página web, sede electrónica o portal de transparencia de la información sobre contratos menores concertados por el mismo en el periodo indicado (excepción hecha del año 2021, como ha quedado expuesto).
Indicador
Contratos
Derecho a la publicidad activa
Publicación PA en sede electrónica, portal o página web
Contratos
Datos de contratos
Inf. Contratos, convenios y subvenciones
Contratos menores
Principios aplicables
Normas generales PA
Ley
LTAIBG
·
LTPA
LTPA
LTPA
LTPA
LTPA
LTPA
·
Artículo
8
·
9
15
15
15
15
6
·
Párrafo
8.1 a)
·
9.4
15 a)
15 a)
15
15 a)
6
·
Ámbito
ENTIDADES LOCALES
Órgano
AYUNTAMIENTO DE VILLACARRILLO
Provincia
JAÉN
Sentido
SUBSANACIÓN
Resolución