Ficha Resumen de la Resolución
Número
RES-469/2022
Fecha
01/07/2022
Resumen
Se solicita información sobre expediente de consumo. La entidad reclamada inadmitió correctamente la petición pues la persona reclamante ya conocía la inexistencia de la información. Solicitudes repetitivas: el órgano ya había respondido la inexistencia de la información solicitada.
Indicador
SOLICITUD REPETITIVA
INFORMACIÓN INEXISTENTE
Ley
LTAIBG
LTPA
Artículo
18
2
Párrafo
18.1 e)
2 a)
Ámbito
JUNTA DE ANDALUCÍA
Órgano
DELEGACION TERRITORIAL SALUD Y FAMILIAS DE SEVILLA
Provincia
SEVILLA
Sentido
DESESTIMADA
Resolución