Ficha Resumen de la Resolución

Número
RES-23/2022
Fecha
14/01/2022
Resumen
Se solicita información sobre acceso sede electrónica del Ayuntamiento. La entidad remite la información al Consejo, pero es al solicitante a quien ha de remitirse, pues el Consejo no puede convertirse en receptor o transmisor de la información pública, sino velar por el cumplimiento del ejercicio de este derecho de acceso a la misma en los términos previstos en la LTPA y que la información llegue al ciudadano solicitante por parte del órgano reclamado. Se inadmite parte de la reclamación porque lo solicitado no tiene la consideración de información pública, según lo previsto en el artículo 2 a) LTPA
Indicador
Regla general de acceso a la información pública
INFORMACIÓN AL SOLICITANTE, NO AL CONSEJO
Regla general de acceso a la información pública
Concepto de información pública
Concepto de información pública
INFORMACIÓN AL SOLICITANTE, NO AL CONSEJO
Ley
LTPA
LTAIBG
LTAIBG
LTPA
LTPA
LTPA
Artículo
7
12
12
2
13
24
Párrafo
7 b)
12
12
2 a)
13
24
Ámbito
ENTIDADES LOCALES
Órgano
AYUNTAMIENTO DE ALGECIRAS
Provincia
CÁDIZ
Sentido
ESTIMADA PARCIALMENTE
Resolución