Ficha Resumen de la Resolución
Número
RES-064/2016
Fecha
20/07/2016
Resumen
Solicitud de número de plazas escolares ofertadas en Andalucía. No hay restricción del derecho de orden temporal que opere hacia el pasado. La información ha de obrar en poder del órgano para poder ofrecerse. La legislación de transparencia carece de alcance prospectivo. No hay reelaboración (art. 18.1.c LTAIBG). Deber de publicación como transparencia activa en aplicación de 17.2 LTPA.
Indicador
REELABORACIÓN
Ley
LTAIBG
Artículo
18
Párrafo
18.1 c)
Ámbito
JdA
Órgano
DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y CENTROS
Sentido
ESTIMADA PARCIALMENTE
Resolución