Ficha Resumen de la Resolución

Número
RES-829/2021
Fecha
13/12/2021
Resumen
Se solicita información sobre camino municipal. Se estima la reclamación por aplicación de la regla general de acceso a la información. Reelaboración: no resulta de aplicación al no constatarse que el Ayuntamiento realizó un esfuerzo razonable para la localización de la información. Información que ya obraba en poder del reclamante: no se acredita esta circunstancia.
Indicador
SOLICITUD REPETITIVA
Acción previa de reelaboración
Acción previa de reelaboración
Regla general de acceso a la información pública
Regla general de acceso a la información pública
Ley
LTAIBG
LTAIBG
LTPA
LTPA
LTAIBG
Artículo
18
18
30
7
12
Párrafo
18.1 e)
18.1 c)
30 c)
7 b)
12
Ámbito
ENTIDADES LOCALES
Órgano
AYUNTAMIENTO DE MIJAS
Provincia
MÁLAGA
Sentido
ESTIMADA
Resolución