Ficha Resumen de la Resolución
Número
RES-526/2021
Fecha
28/07/2021
Resumen
Se solicita información sobre Registro VPO. El órgano respondió con la información de la que disponía. No corresponde al Consejo revisar si una determinada información debería o no existir, ni enjuiciar la corrección jurídica de la eventual carencia de la misma. El órgano remite otra parte al Consejo, pero es al solicitante a quien ha de remitirse, pues el Consejo no puede convertirse en receptor o transmisor de la información pública, sino velar por el cumplimiento del ejercicio de este derecho de acceso a la misma en los términos previstos en la LTPA y que la información llegue al ciudadano solicitante por parte del órgano reclamado. Se desestima la reclamación.
Indicador
INFORMACIÓN AL SOLICITANTE, NO AL CONSEJO
INFORMACIÓN AL SOLICITANTE, NO AL CONSEJO
INFORMACIÓN INEXISTENTE
Ley
LTPA
LTAIBG
LTPA
Artículo
24
12
2
Párrafo
24
12
2 a)
Ámbito
ENTIDADES LOCALES
Órgano
EMPRESA PÚBLICA DE VIVIENDA, SUELO Y EQUIPAMIENTO de Sevilla, S.A.
Provincia
SEVILLA
Sentido
ESTIMADA PARCIALMENTE
Resolución