Ficha Resumen de la Resolución
Número
RES-187/2021
Fecha
23/04/2021
Resumen
No se aplica DA 4ª. 2 LTPA pues de la Ley General Tributaria no se deriva un régimen jurídico específico de acceso a la información. Análisis del deber de confidencialidad del artículo 95 de la Ley General Tributaria. Ponderación de interés público.//Al afectar a terceros la información solicitada, y advertido en el expediente la ausencia del trámite de alegaciones que ha de concederse previo a la resolución, se acuerda la retroacción tras la cual se ha de dictar resolución expresa.// La solicitud de información incorpora también otras peticiones que se considera quedan fuera del ámbito objetivo delimitado en la LTPA.
Indicador
Otros regímenes específicos de acceso
INFORMACIÓN TRIBUTARIA
Trámite de alegaciones a terceros afectados
Otros regímenes específicos de acceso
Objeto no susceptible de AIP
Ley
LTPA
·
LTAIBG
LTAIBG
LTPA
Artículo
D.A.4ª
·
19
D.A.1ª
2
Párrafo
D.A.4ª.2
·
19.3
D.A.1ª.2
2 a)
Ámbito
ENTIDADES LOCALES
Órgano
AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE GUADAIRA
Provincia
SEVILLA
Sentido
RETROACCIÓN
Resolución