Ficha Resumen de la Resolución

Número
RES-026/2021
Fecha
03/02/2021
Resumen
La apreciación de que la mayor capacidad difusora de las nuevas tecnologías constituye un factor relevante para resolver los conflictos entre la protección de datos personales y la libertad de información. // Se solicita información que la entidad remite al Consejo, pero es al solicitante a quien ha de remitirse, pues el Consejo no puede convertirse en receptor o transmisor de la información pública, sino velar por el cumplimiento del ejercicio de este derecho de acceso a la misma en los términos previstos en la LTPA y que la información llegue al ciudadano solicitante por parte del órgano reclamado
Indicador
INFORMACIÓN AL SOLICITANTE, NO AL CONSEJO
INFORMACIÓN AL SOLICITANTE, NO AL CONSEJO
Ponderación intereses: Otros criterios
Ley
LTAIBG
LTPA
LTAIBG
Artículo
12
24
15
Párrafo
·
24
15.3
Ámbito
JUNTA DE ANDALUCÍA
Órgano
IAAP (INSTITUTO ANDALUZ DE ADMINISTRACIÓN PUBLICA)
Provincia
·
Sentido
ESTIMADA
Resolución