El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha avalado la resolución del Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía que obliga a la Diputación Provincial de Sevilla a facilitar las asignaciones económicas otorgadas a los grupos políticos durante los años 2015, 2016 y 2017, así como la justificación con las facturas incluidas.
El Alto tribunal ha compartido los argumentos de la autoridad de control y ha remarcado que los grupos políticos forman parte de la organización de la entidad local, por lo que es Diputación la que debe atender la petición de información, recabarla de las formaciones y ponerla a disposición del interesado (previa anonimización de los datos de carácter personal).
De esta forma, el TSJA rechaza la alegación esgrimida por la Diputación, que aseguraba que “no estaba en posesión de los documentos solicitados,” y subraya que las solicitudes de información “no pueden dirigirse a los grupos políticos -que carecen de personalidad jurídica independiente-, sino al ente local que tiene a su disposición los datos relativos a la dotación económica de las citadas formaciones”.
“Se trata de información relevante para la finalidad de la transparencia, permitiendo con ello que el ciudadano pueda controlar los gastos realizados con dinero público”, recoge la sentencia del TSJA, argumento que defiende el Consejo en su resolución al entender que “la información solicitada es de carácter público”.
La Diputación de Sevilla acudió a la Justicia, disconforme con la resolución del Consejo, pero el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 8 de Sevilla, que conoció en primera instancia, respaldó la resolución del Consejo, considerando que “el ciudadano tenía derecho de acceder a la citada información” y añadiendo que la Diputación no podía denegar una información “bajo el pretexto de no haber hecho uso de su potestad para recabarla de los grupos políticos”.
La Diputación, tras mostrar también desacuerdo con la mencionada sentencia del Contencioso, apeló al TSJA, tribunal que ha fallado de nuevo a favor del Consejo haciendo suyos los razonamientos expuestos en la resolución y obligándola a cumplir las exigencias esenciales y básicas derivadas de la legislación de transparencia.
Consulta la resolución recurrida: https://www.ctpdandalucia.es/buscar-resoluciones-sobre-reclamaciones/res-212019
Consulta la sentencia del TSJA: https://www.ctpdandalucia.es/sites/default/files/recursos-judiciales/ST%20fav%20TSJA%20Apelaci%C3%B3n.%20Anonimizada.pdf
El Consejo
El Consejo es la autoridad independiente de control en materia de transparencia y protección de datos en la Comunidad Autónoma de Andalucía, creado por la Ley 1/2014 de Transparencia Pública de Andalucía. Posee personalidad jurídica propia y plena autonomía e independencia en el ejercicio de sus funciones.
Su objetivo se centra, por un lado, en velar por el cumplimiento de la normativa de transparencia pública, tanto en lo que se refiere a publicidad activa como a la defensa y salvaguarda del derecho de acceso a la información pública y, por otra, controlar el cumplimiento de la normativa de protección de datos personales por parte del sector público andaluz.