Ficha Resumen de la Resolución

Número
RES-181/2018
Fecha
23/05/2018
Resumen
Solicitud de una Circular. Ha de ofrecerse el acceso. // No cabe descartar que el motivo de inadmisión previsto en el art. 18.1 c) LTAIBG y 18.1 e) LTAIBG resulten aplicables a las solicitudes de información excesivamente voluminosas o complejas, con determinados requisitos. // Antes de que la Administración acuerde la inadmisión a limine de la solicitud, ha de agotarse la vía de la colaboración para dar ocasión al interesado a que acote en términos razonables su petición inicial, de acuerdo con lo previsto en el art. 8 b) LTPA.
Indicador
ABUSIVAS
OBLIGACIÓN DE CONCRETAR LA INFORMACIÓN
REELABORACIÓN
AFECTACIÓN DE LA EFICACIA DEL FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Ley
LTAIBG
LTPA
LTPA
LTPA
Artículo
18
8
18
·
Párrafo
18.1 e)
8 b)
18.1 c)
·
Ámbito
JdA
Órgano
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y FUNCIÓN PUBLICA
Sentido
ESTIMADA PARCIALMENTE
Resolución