Ficha Resumen de la Resolución
Número
RES-108/2020
Fecha
30/03/2020
Resumen
Se solicita expediente de un decreto por el que se aprueban determinadas percepciones salariales. La entidad remite la información al Consejo, pero es al solicitante a quien ha de remitirse, pues el Consejo no puede convertirse en receptor o transmisor de la información pública, sino velar por el cumplimiento del ejercicio de este derecho de acceso a la misma en los términos previstos en la LTPA y que la información llegue al ciudadano solicitante por parte del órgano reclamado. La estimación se condiciona a que se disocien todos aquellos datos de carácter personal que nada tienen que ver con la relativa al concepto retribuido percibido, con excepción del nombre, que aparecía en el Decreto. Estimada.
Indicador
INFORMACIÓN AL SOLICITANTE, NO AL CONSEJO
Acceso con disociación de los datos
INFORMACIÓN AL SOLICITANTE, NO AL CONSEJO
Ley
LTAIBG
LTAIBG
LTPA
Artículo
12
15
24
Párrafo
·
15.4
24
Ámbito
ENTIDADES LOCALES
Órgano
AYUNTAMIENTO DE CHAUCHINA
Provincia
GRANADA
Sentido
ESTIMADA
Resolución