Ficha Resumen de la Resolución
Número
RES-247/2019
Fecha
08/08/2019
Resumen
En los supuestos en los que una persona pretende acceder a determinada información obrante en una Administración pública concerniente a sí misma, más que el derecho de acceso a la información pública configurado en la legislación reguladora de la transparencia, lo que entra en juego es el derecho fundamental a la protección de datos personales (artículo 18.4 CE), una de cuyas principales proyecciones es precisamente el derecho de acceder a sus datos por parte del titular de dicho derecho fundamental. Inadmisión.
Indicador
Aplicación de la LOPD a la información suministrada
Ley
LTAIBG
Artículo
15
Párrafo
15.5
Ámbito
JUNTA DE ANDALUCÍA
Órgano
SAE (SERVICIO ANDALUZ DE EMPLEO)
Provincia
SEVILLA
Sentido
INADMITIDA
Resolución