Ficha Resumen de la Resolución

Número
RES-83/2019
Fecha
26/03/2019
Resumen
Asignación de subvenciones a grupos políticos en el Ayuntamiento. Los grupos políticos, según la normativa aplicable, han de llevar una contabilidad respecto a dichas asignaciones. La información solicitada es información pública a los efectos de la LTPA, e incluso pueden ser consideradas como obligaciones de publicidad activa. El Ayuntamiento facilita parte de la información al Consejo pero es al solicitante a quien ha de enviarse. Igualmente se estima el acceso a la información de las dietas percibidas por los órganos de gobierno local.
Indicador
INFORMACIÓN AL SOLICITANTE, NO AL CONSEJO
Regla general de acceso a la información pública
INFORMACIÓN AL SOLICITANTE, NO AL CONSEJO
Ley
LTPA
LTPA
LTAIBG
Artículo
24
24
12
Párrafo
24
24
·
Ámbito
ENTIDADES LOCALES
Órgano
AYUNTAMIENTO DE SANLÚCAR LA MAYOR
Provincia
SEVILLA
Sentido
ESTIMADA
Resolución