Ficha Resumen de la Resolución

Número
RES-379/2018
Fecha
24/09/2018
Resumen
En lo que se refiere a la gestión de recursos humanos al servicio de la Administración Pública, las exigencias de transparencia de la información deben ser escrupulosamente atendidas, pues, además de suponer un evidente gasto de fondos públicos, los procesos selectivos correspondientes han de estar basados en los principios de
igualdad, mérito y capacidad. Se analiza la solicitud de acta sobre convocatorias para la adjudicación de puestos de trabajo con carácter provisional. Ha de ser ofrecida la información referida al adjudicatario del puesto, y la referida al resto de personal que no resultó adjudicatario la información deberá ser anonimizada. Estimada parcialmente.
Indicador
Acceso con disociación de los datos
Regla general de acceso a la información pública
Ley
LTAIBG
LTPA
Artículo
15
24
Párrafo
15.4
24
Ámbito
JUNTA DE ANDALUCÍA
Órgano
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPLEO DE MÁLAGA
Provincia
·
Sentido
ESTIMADA PARCIALMENTE
Resolución