Ficha Resumen de la Resolución
Número
RES-285/2018
Fecha
17/07/2018
Resumen
Solicitud de pagos efectuados a determinadas empresas por publicidad institucional. Se estima que ha de ofrecerse. Según jurisprudencia constitucional, que se cita, “La publicidad institucional es una concreción de la comunicación pública que pone en relación a los poderes públicos con los ciudadanos a través de los medios de comunicación social”; razón por la cual, desde la perspectiva constitucional, no solo tiene relevancia respecto de los derechos de los medios de comunicación social, sino también en relación con “el derecho de los ciudadanos a recibir la información de interés general que emane de los poderes públicos en condiciones de igualdad y no discriminación”.// El Ayuntamieto adujo que la información se ofrecía en el Portal, pero no en forma que dé acceso de forma directa como mantiene la doctrina de este Consejo reiteradamente para considerar válido esa modalidad de acceso.
Indicador
Información ya publicada
Ley
LTAIBG
Artículo
22
Párrafo
22.3
Ámbito
ENTIDADES LOCALES
Órgano
AYUNTAMIENTO DE JEREZ DE LA FRONTERA
Provincia
CÁDIZ
Sentido
ESTIMADA PARCIALMENTE
Resolución