Ficha Doctrina
Asunto | 1.2.2. Inexistencia o carencia de la información |
Artículos | 9.4 LTPA – 5.4 LTAIBG |
Doctrina | Con objeto de lograr una mayor claridad en la información a ofrecer y de evitar posibles dudas o equívocos ante la consulta de dicha información, si se careciera del dato sobre alguno de los elementos de obligada publicidad o el dato no existiera, deberá darse cuenta de ello en el apartado correspondiente de la página web, sede electrónica o portal de transparencia, con expresa datación (fecha de elaboración y/o actualización) de la información que se ofrezca. |
Resoluciones (FJ) | Res. PA-187/2020 (8º); Res. PA-9/2022 (15º); Res. PA-58/2022 (5º) |
- LTPA: Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía
- LTAIBG: Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
- Res. PA: Resolución del Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía sobre publicidad activa
- (FJ): Fundamento Jurídico