Ficha Resumen de la Resolución
Número
PA-59/2023
Fecha
13/07/2023
Resumen
La persona denunciante atribuye al Ayuntamiento de Bormujos un supuesto incumplimiento de la obligación de publicidad activa prevista en el art. 16 e) LTPA, al no aparecer publicada en su Portal de Transparencia la información correspondiente al gasto público realizado en campañas de publicidad institucional.
El Consejo, por su parte, no ha podido advertir publicada información alguna de esta naturaleza desde que dicha obligación resultó exigible al ente local (10/12/2016).
Circunstancia que unida a la ausencia de alegaciones en relación con los hechos denunciados que permitan justificar, en su caso, a qué se debe dicha ausencia; conducen a considerar el cumplimiento deficiente de la citada obligación de publicidad activa y requerir al ente local denunciado la correspondiente subsanación.
El Consejo, por su parte, no ha podido advertir publicada información alguna de esta naturaleza desde que dicha obligación resultó exigible al ente local (10/12/2016).
Circunstancia que unida a la ausencia de alegaciones en relación con los hechos denunciados que permitan justificar, en su caso, a qué se debe dicha ausencia; conducen a considerar el cumplimiento deficiente de la citada obligación de publicidad activa y requerir al ente local denunciado la correspondiente subsanación.
Indicador
Principios aplicables
Gasto publicidad institucional
Publicación PA en sede electrónica, portal o página web
Normas generales PA
Derechos reconocidos en la Ley de Transparencia
Inf. Económica, financiera y presupuestaria
Inf. Económica, financiera y presupuestaria
Derecho a la publicidad activa
Ley
LTPA
LTPA
LTPA
·
LTPA
LTPA
LTAIBG
·
Artículo
6
16
9
·
7
16
8
·
Párrafo
6
16 e)
9.4
·
7
16
8.1 d)
·
Ámbito
ENTIDADES LOCALES
Órgano
AYUNTAMIENTO DE BORMUJOS
Provincia
SEVILLA
Sentido
SUBSANACIÓN
Resolución