Ficha Doctrina
Asunto |
3.1. Concepto de retribuciones de los altos cargos y personas que ejerzan la máxima responsabilidad |
Artículos |
11 b) LTPA – 8.1 f) LTAIBG |
Doctrina |
Las retribuciones hacen referencia a las cantidades percibidas, en metálico o en especie, por salario (incluidos los complementos de cualquier clase), indemnizaciones por asistencia a sesiones o actos de órganos de la propia o distinta entidad obligada, o conceptos similares que supongan un incremento patrimonial de la persona que los perciba y que no compensen gastos previamente realizados por ésta que correspondería sufragar a la entidad (como sucede en este último caso con las dietas, gastos de locomoción, alojamiento o similar).
La publicación deberá realizarse:
- Incluyendo la cantidad neta percibida en cómputo anual en el ejercicio anterior, pudiendo dividirse entre lo percibido como salario y otros conceptos no salariales, sin distinguir conceptos retributivos propios y exclusivos de las personas que pudieran ocupar los puestos (como es el caso de trienios y otros complementos personales).
- Indicando de forma individualizada, por cada alto cargo o persona que ejerza máxima responsabilidad, la cantidad percibida del modo descrito o bien, en su caso, la mención expresa de que no se han percibido cantidades de ningún tipo de las mencionadas.
- De forma directa, de tal modo que su sola publicación permita obtener con concreción esta información, evitando en la medida de lo posible la necesidad de realizar interpretaciones de cualquier tipo o cálculos aritméticos.
- Durante el primer trimestre del año siguiente al de percepción.
Dado que el citado artículo obliga a la publicación de las retribuciones efectivamente percibidas, no a las que tuvieran derecho a percibir, resulta intrascendente publicar el régimen económico aplicable a los cargos corporativos de una entidad local en función de la dedicación que tengan o no asignada en el desarrollo de sus responsabilidades municipales, sin perjuicio de que se pueda publicar, adicionalmente, la previsión anual respecto a las retribuciones correspondientes al año en curso. |
Resoluciones (FJ) |
Res. PA-38/2023 (5º); Res. PA-58/2023 (7º); Res. PA-133/2023 (6º); Res. PA-135/2023 (3º); Res. PA-7/2024 (7º); Res. PA-22/2024 (4º) |
- LTPA: Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía
- LTAIBG: Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
- Res. PA: Resolución del Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía sobre publicidad activa
- (FJ): Fundamento Jurídico