Ficha Resumen de la Resolución
Número
RES-862/2022
Fecha
31/12/2022
Resumen
Se solicita información sobre expediente. El órgano respondió indicando que no disponía de la información. No corresponde al Consejo revisar si una determinada información debería o no existir, ni enjuiciar la corrección jurídica de la eventual carencia de la misma. El órgano interpelado “sólo queda vinculado a los términos del petitum tal y como quedan fijados en el escrito de solicitud de la información sin que pueda admitirse un cambio en dicho petitum a lo largo del procedimiento y menos aún, si cabe, en un momento en el que la petición se formula cuando el órgano ya ha resuelto sobre su solicitud inicial”.
Indicador
Información concedida durante tramitación reclamación
INFORMACIÓN INEXISTENTE
Objeto de reclamación diferente a lo solicitado
Ley
LTPA
LTPA
LTAIBG
Artículo
24
2
24
Párrafo
24
2 a)
24.1
Ámbito
ENTIDADES LOCALES
Órgano
AYUNTAMIENTO DE SAN ROQUE
Provincia
CÁDIZ
Sentido
DESESTIMADA
Resolución