Ficha Resumen de la Resolución

Número
RES-723/2024
Fecha
18/09/2024
Resumen
Se solicita información sobre numeración de expediente/s y estado tramitación de denuncia medioambiental. Solicitud de información ambiental: modificación del precedente: admisibilidad de la reclamación. Aplicación preferente de la normativa de acceso a la información ambiental y supletoriamente la de transparencia. La entidad remite la información al Consejo, pero es al solicitante a quien ha de remitirse, pues el Consejo no puede convertirse en receptor o transmisor de la información pública, sino velar por el cumplimiento del ejercicio de este derecho de acceso a la misma en los términos previstos en la LTPA y que la información llegue al
ciudadano solicitante por parte del órgano reclamado.
Indicador
Regla general de acceso a la información ambiental
Regla general de acceso a la información ambiental
INFORMACIÓN AL SOLICITANTE, NO AL CONSEJO
INFORMACIÓN AL SOLICITANTE, NO AL CONSEJO
Ley
Ley de Transparencia Pública de Andalucía
Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
Ley de Transparencia Pública de Andalucía
Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
Artículo
D.A.4ª
D.A.1ª
24
12
Párrafo
D.A.4ª.2
D.A.1ª.2
24
12
Ámbito
No consta
Órgano
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE SOSTENIBILIDAD, MEDIO AMBIENTE Y ECONOMÍA AZUL EN MÁLAGA
Sentido
ESTIMADA
Resolución