Ficha Resumen de la Resolución

Número
RES-264/2018
Fecha
26/06/2018
Resumen
La finalidad de la legislación reguladora de la transparencia no radica ciertamente en revisar si una determinada información debería o no existir, ni en enjuiciar la corrección jurídica de la eventual carencia de la misma; las
presuntas irregularidades o deficiencias de las que adolezca -en opinión de los reclamantes- la información proporcionada por la Administración deberán, en su caso, alegarse y hacerse valer en la correspondiente vía administrativa o judicial. Desestimada
Indicador
No se analiza corrección jurídica de la información facilitada
Ley
LTAIBG
Artículo
24
Párrafo
24.1
Ámbito
JUNTA DE ANDALUCÍA
Órgano
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y COMERCIO
Provincia
·
Sentido
DESESTIMADA
Resolución