Ficha Resumen de la Resolución
Número
RES-216/2020
Fecha
29/05/2020
Resumen
La solicitud fue referida a información de varios sujetos obligados en determinadas cuestiones. Se insta a que se remita la solicitud a dichos sujetos a fin de que sean resueltas. // Utilidad o destino que da un Ayuntamiento de su patrimonio inmobiliario es información pública accesible en el marco de transparencia. Plazas de aparcamiento que dispone el Ayuntamiento y su utilidad o destino de ellas.// Se estima la solicitud de identificación de las personas a las que el Ayuntamiento ha puesto a disposición un teléfono móvil; el gasto, en la forma solicitada; y el momento en que se puso a su disposición y fin del uso del mismo, en su caso, todo ello referido al período consignado en la solicitud de información.// Petición relativa a realización de un concreto informe no se atiende.
Indicador
Regla general de acceso a la información pública
Objeto no susceptible de AIP
Acceso a datos personales. Ponderación interés público
Ley
LTPA
LTPA
LTAIBG
Artículo
24
2
15
Párrafo
24
2 a)
15.3
Ámbito
ENTIDADES LOCALES
Órgano
AYUNTAMIENTO DE CHICLANA DE LA FRONTERA
Provincia
CÁDIZ
Sentido
ESTIMADA PARCIALMENTE
Resolución