Ficha Resumen de la Resolución
Número
RES-195/2021
Fecha
23/04/2021
Resumen
No se aplica DA 4ª. 2 LTPA pues de la Ley General Tributaria no se deriva un régimen jurídico específico de acceso a la información. Análisis del deber de confidencialidad del artículo 95 de la Ley General Tributaria. Ponderación de interés público.//Al afectar a terceros la información solicitada, y advertido en el expediente la ausencia del trámite de alegaciones que ha de concederse previo a la resolución, se acuerda la retroacción tras la cual se ha de dictar resolución expresa.// La solicitud de información incorpora también otras peticiones que se considera quedan fuera del ámbito objetivo delimitado en la LTPA.
Indicador
INFORMACIÓN TRIBUTARIA
Otros regímenes específicos de acceso
Otros regímenes específicos de acceso
Trámite de alegaciones a terceros afectados
Objeto no susceptible de AIP
Ley
·
LTAIBG
LTPA
LTAIBG
LTPA
Artículo
·
D.A.1ª
D.A.4ª
19
2
Párrafo
·
D.A.1ª.2
D.A.4ª.2
19.3
2 a)
Ámbito
ENTIDADES LOCALES
Órgano
AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE GUADAIRA
Provincia
CÁDIZ
Sentido
RETROACCIÓN
Resolución