Ficha Resumen de la Resolución

Número
RES-152/2017
Fecha
20/12/2017
Resumen
Se analiza solicitud al Ayuntamiento de bienes inmuebles exentos del pago del IBI. Frente al deber de confidencialidad del art. 95 de la Ley General Tributaria se sitúa el derecho de acceso a la información pública. No basta la aplicación puramente mecánica del art. 95 LGT para eludir proporcionar la información solicitada. Ha de analizarse en qué medida los derechos del obligado tributario prevalecen sobre el derecho de acceso. Se concilia el acceso a la información teniendo en cuenta la consideración de los datos protegidos a que se refiere la Ley del Catastro Inmobiliario. No cabe entender que la LGT contenga una normativa específica reguladora del acceso a la información, resultando por ende de plena aplicación la legislación en materia de transparencia. Se estima parcialmente
Indicador
INFORMACIÓN TRIBUTARIA
Ley
LTPA
Artículo
24
Ámbito
EE.LL.
Órgano
AYUNTAMIENTO DE LA PALMA DEL CONDADO
Provincia
HUELVA
Sentido
ESTIMADA PARCIALMENTE
Recurso Judicial
Resolución