Ficha Resumen de la Resolución

Número
RES-151/2017
Fecha
20/12/2017
Resumen
Las resoluciones referentes al derecho de acceso a la información pública que sean dictadas por el Defensor del Pueblo Andaluz sólo serán recurribles ante la jurisdicción contencioso- administrativa. Se inadmite.
Indicador
DEFENSOR DEL PUEBLO ANDALUZ
Ley
LTPA
Artículo
33
Párrafo
33.2
Ámbito
JdA
Órgano
DEFENSOR DEL PUEBLO ANDALUZ
Sentido
INADMITIDA
Resolución