Ficha Resumen de la Resolución
Número
RES-149/2017
Fecha
07/12/2017
Resumen
El interesado cuestiona la información que le ofreció el órgano. No es función del Consejo determinar la corrección jurídica de la información proporcionada. Si el interesado aprecia alguna irregularidad ha de alegarse ante la vía administrativa o judicial que corresponda. Desestimada
Indicador
SE DIO LA INFORMACIÓN
CORRECCIÓN O INCORRECCIÓN JURÍDICA DE LA INFORMACIÓN FACILITADA
Ley
LTPA
LTPA
Artículo
24
24
Párrafo
2 a)
·
Ámbito
EE.LL.
Órgano
AYUNTAMIENTO DE ROQUETAS DE MAR
Provincia
ALMERÍA
Sentido
DESESTIMADA
Resolución