Ficha Resumen de la Resolución

Número
RES-1023/2024
Fecha
14/11/2024
Resumen
Se solicita la identificación de un empleado responsable de tramitación de procedimiento. La entidad alega que lo solicitado no tiene la consideración de información pública: lo solicitado la tiene al no requerir ninguna actuación previa, ni jurídica ni fáctica, para determinar el objeto de la petición. Solicitudes repetitivas: no existe identidad objetiva entre las solicitudes y no se acredita. Solicitudes abusivas: no queda acreditado ni el elemento objetivo y subjetivo: falta de motivación. La entidad remite la información al Consejo, pero es al solicitante a quien ha de remitirse, pues el Consejo no puede convertirse en receptor o transmisor de la información pública, sino velar por el cumplimiento del ejercicio de este derecho de acceso a la misma en los términos previstos en la LTPA y que la información llegue al ciudadano solicitante por parte del órgano reclamado. Inadmisión parcial por no estar lo solicitado incluido en el objeto de la ley.
Indicador
Principio de interdicción del abuso de derecho
INFORMACIÓN AL SOLICITANTE, NO AL CONSEJO
INFORMACIÓN AL SOLICITANTE, NO AL CONSEJO
Acceso a datos meramente identificativos
SOLICITUD REPETITIVA
Solicitud abusiva
Concepto de información pública
Concepto de información pública
Ley
Ley de Transparencia Pública de Andalucía
Ley de Transparencia Pública de Andalucía
Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
Ley de Transparencia Pública de Andalucía
Ley de Transparencia Pública de Andalucía
Artículo
8
24
12
15
18
18
2
13
Párrafo
8 a)
24
12
15.2
18.1 e)
18.1 e)
2 a)
13
Ámbito
Sevilla
Órgano
AYUNTAMIENTO DE VILLAMANRIQUE DE LA CONDESA
Provincia
SEVILLA
Sentido
ESTIMADA PARCIALMENTE
Resolución