Ficha Resumen de la Resolución
Número
RES-100/2017
Fecha
05/07/2017
Resumen
Se ofrece la información al Consejo. No es misión de este órgano convertirse en receptor o transmisor de la información sino la de velar por el cumplimiento del derecho de acceso. El órgano ha de remitirla al solicitante. Acceso a información ya publica: se debe ofrece en enlace web que dé acceso directo a la información. Se estima
Indicador
ACCESO A INFORMACIÓN YA PUBLICADA
INFORMACIÓN AL SOLICITANTE, NO AL CONSEJO
Ley
LTAIBG
LTPA
Artículo
22
24
Párrafo
22.3
·
Ámbito
EE.LL.
Órgano
AYUNTAMIENTO DE SEVILLA
Provincia
SEVILLA
Sentido
ESTIMADA
Resolución