Ficha Resumen de la Resolución

Número
PA-33/2022
Fecha
03/06/2022
Resumen
El hecho de que no se encuentre publicada de forma telemática la copia literal de una serie de contratos de adjudicación de concesiones por parte del Ayuntamiento de Málaga no constituye incumplimiento alguno de las obligaciones de publicidad activa definidas por el Título II LTPA, ya que la exigencia prevista en su art. 15 a) viene referida a los concretos elementos de publicidad que se estipulan en el mismo.
Ello no impide que cualquier persona pueda solicitar (en ejercicio del derecho de acceso a la información pública previsto en el artículo 24 LTPA) toda suerte de información que en relación con la documentación a la que se refiere la denuncia obre en poder del Consistorio. Solicitud que en el caso ser inobservada o inadecuamente atendida por el ente local podría legitimar la interposición de una reclamación ante el Consejo al amparo de lo que establece dicho artículo, tal y como de hecho ha asumido acertadamente la persona denunciante.
Indicador
Contratos menores
Información no sujeta a PA
Contratación o Convenios
Datos de contratos
Contratos
Reclamación administrativa
Contratos
Reclamación administrativa
Inf. Contratos, convenios y subvenciones
Ley
LTPA
·
·
LTPA
LTAIBG
LTPA
LTPA
LTAIBG
LTPA
Artículo
15
·
·
15
8
33
15
24
15
Párrafo
15 a)
·
·
15 a)
8.1 a)
33
15 a)
24
15
Ámbito
ENTIDADES LOCALES
Órgano
AYUNTAMIENTO DE MÁLAGA
Provincia
MÁLAGA
Sentido
ARCHIVO
Resolución