Ficha Resumen de la Resolución
Número
PA-124/2021
Fecha
29/10/2021
Resumen
La entidad local denunciada no ha publicado en su página web los archivos audiovisuales correspondientes a las sesiones celebradas por el Pleno (ya sean ordinarias u extraordinarias), por lo que existe un deficiente cumplimiento de la obligación de publicidad activa prevista en el art. 21 LTPA.
En el caso que el municipio pueda verse afectado por restricciones u incidencias de carácter económico o técnico, antes de inclinarse por asumir el incumplimiento de sus obligaciones de publicidad activa debe recurrir al cauce del auxilio institucional de la Diputación Provincial (art. 20 LTPA).
Asimismo, la información debe facilitarse del modo más comprensible y fácil posible evitando duplicidades que puedan favorecer cualquier equívoco o confusión entre la ciudadanía que realiza la consulta.
En el caso que el municipio pueda verse afectado por restricciones u incidencias de carácter económico o técnico, antes de inclinarse por asumir el incumplimiento de sus obligaciones de publicidad activa debe recurrir al cauce del auxilio institucional de la Diputación Provincial (art. 20 LTPA).
Asimismo, la información debe facilitarse del modo más comprensible y fácil posible evitando duplicidades que puedan favorecer cualquier equívoco o confusión entre la ciudadanía que realiza la consulta.
Indicador
Difusión sesión plenaria
Principio de Facilidad y comprensión
Grabación sesión plenaria
Auxilio institucional de las Diputaciones Provinciales
Principios aplicables
Ley
LTPA
LTPA
LTPA
·
LTPA
Artículo
21
6
21
·
6
Párrafo
21
6 h)
21
·
6
Ámbito
ENTIDADES LOCALES
Órgano
AYUNTAMIENTO DE SABIOTE
Provincia
JAÉN
Sentido
SUBSANACIÓN
Resolución