Ficha Resumen de la Resolución
Número
RED-3/2022
Fecha
Resumen
Reclamación por inadecuada atención al EJERCICIO DE DERECHO de rectificación por el Servicio Andaluz de Salud en relación con determinados hechos recogidos en la historia clínica del reclamante relacionados con conductas que motivaron una actuación policial. En relación con los hechos, y siguiendo el criterio de los profesionales médicos responsables de mantener los datos de la historia clínica, por parte del órgano reclamado se resuelve no proceder a la concesión del derecho de rectificación. En atención a la normativa que rige la elaboración y mantenimiento de la historia clínica, y al criterio de los profesionales desde el Consejo se DESESTIMA la reclamación contra el responsable del tratamiento, la Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud, con independencia del derecho del reclamante a cuestionar la realidad de los hechos ocurridos, si lo considera oportuno, ante las autoridades sanitarias, administrativas o judiciales competentes para dirimir el motivo de la controversia.
Tipología
EJERCICIO DE DERECHOS
Ley
RGPD
Artículo
16
Párrafo
Derecho de rectificación
Ámbito
JUNTA DE ANDALUCÍA
Órgano
SAS (SERVICIO ANDALUZ DE SALUD)
Provincia
HUELVA
Sentido
DESESTIMADA
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