Uso de Teléfonos Móviles por el Alumnado

La utilización de teléfonos móviles en el entorno educativo, singularmente por los menores de edad, supone, desde la perspectiva de la protección de los datos personales, un elemento de riesgo tanto para el propio usuario de los mismos como para terceros. Este riesgo, debe contextualizarse en función del grado de permisividad en el uso del dispositivo que se determine por el marco normativo establecido en el ámbito educativo. 

 

Pueden identificarse los siguientes riesgos principales asociados a la utilización de los teléfonos móviles en el ámbito escolar (Para más detalles consultar el Dictamen CNS 37/2023 de la Autoridad Catalana de Protección de Datos):

  • Carencia de conocimiento previo y de información adecuada sobre las condiciones de uso, las políticas de privacidad y las medidas de seguridad de las herramientas y aplicaciones utilizadas.

  • Falta de conocimiento y valoración del riesgo que supone difundir información personal y de terceras personas.

  • Navegación por Internet sin supervisión de los progenitores y tutores del alumnado o, en su caso, de los responsables en el ámbito educativo, lo que podría facilitar la exposición de sus datos de identificación, de contacto, de localización y de comportamiento on-line, entre otros.

  • Riesgos a consecuencia de establecer comunicación con personas desconocidas (chatear con extraños), lo que podría favorecer la exposición de además de los datos anteriormente indicados, imágenes y vídeos o información sobre hábitos y preferencias personales.

  • Captación y difusión inadecuada de imágenes propias o de terceras personas sin su consentimiento, afectando a su derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen.

  • Riesgos derivados de datos recopilados por determinadas aplicaciones, especialmente las solicitudes de datos de medios de pago efectuadas por las mismas.

  • Generación mediante inteligencia artificial de imágenes falsas que denigran a las personas, suponiendo un riesgo mayor para las niñas.

 

Los Reglamentos de Organización y Funcionamiento de los centros educativos deben incluir normas específicas sobre el uso de teléfonos móviles y otros dispositivos electrónicos, así como procedimientos para garantizar un acceso seguro a internet para el alumnado, siempre con adecuación a lo dispuesto por la normativa dictada por la Consejería.

 

Desde la óptica de la protección de datos, sin perjuicio de la referida adecuación y de la autonomía de los centros docentes para fijar su proyecto educativo, resultaría oportuno tener en cuenta los siguientes aspectos:

  • Protocolos de conducta: Establecer normas claras de uso responsable de los teléfonos móviles por el alumnado que se recojan en los Reglamentos de Organización y Funcionamiento.

  • Capacitación y concienciación: Educar al alumnado y formar a las familias sobre los riesgos de un uso indebido de los dispositivos móviles y de acceder mediante ellos a contenidos inapropiados, poniendo el enfoque en el respeto a la privacidad e intimidad de los demás y en la importancia de proteger los propios datos personales.

  • Supervisión: Implementar mecanismos para supervisar el uso de los dispositivos y prevenir conductas inapropiadas o riesgos de seguridad, en particular por el profesorado que esté realizando las funciones del servicio de guardia.

  • Cumplimiento normativo: Asegurarse de que el uso de los teléfonos móviles en el contexto del proyecto docente tenga una finalidad exclusivamente educativa, cumpla con la normativa de protección de datos, sea seguro y esté aprobado por la Consejería.

  • Evaluación de la necesidad: Determinar la necesidad educativa del uso de dispositivos electrónicos del alumnado durante la jornada escolar y considerar otras alternativas posibles.