Derechos en Materia de Protección de Datos

Para garantizar la efectiva protección de los datos personales, la normativa otorga a sus titulares unos derechos que les permiten ejercer el control sobre sus datos y que los responsables tienen la obligación de facilitar.

 

Estos derechos son: de acceso a los datos personales, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad de los datos personales, de oposición al tratamiento y a no ser objeto de decisiones automatizadas.

 

A continuación, se resumen los principales aspectos de los derechos que más impacto tienen en el contexto educativo:

  • Derecho de acceso del interesado (artículo 15 del RGPD)

    El interesado tiene derecho a conocer y obtener del responsable del tratamiento y sin coste alguno, entre otras cuestiones, información sobre qué datos personales que le conciernen son tratados, con qué fines, a quién se han comunicado o comunicarán, el tiempo de conservación de los mismos y, si los datos no se han obtenido del interesado, a saber cuál es el origen. También a que se le facilite copia de los datos personales objeto de tratamiento. Está íntimamente relacionado con el principio de transparencia y permite al interesado conocer si sus datos son tratados lícitamente.

     

    El ejercicio de este derecho no puede afectar negativamente a los derechos y libertades de otros.

  • Derecho de rectificación (artículo 16 del RGPD)

    Permite solicitar al responsable del tratamiento que corrija, modifique o complete los datos personales que conciernen al peticionario por ser inexactos o incompletos.

  • Derecho de supresión (artículo 17 del RGPD)

    Con carácter general, el interesado tiene derecho a que sus datos personales se supriman cuando no sean necesarios en relación a los fines para los que se recabaron, éste retire el consentimiento o se oponga al mismo o hayan sido tratados ilícitamente, salvo que una obligación legal, el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos requiera su tratamiento.

  • Derecho a la limitación del tratamiento (artículo 18 del RGPD)

    Puede ejercerse al impugnar el interesado la exactitud de los datos personales, durante un plazo que permita al responsable su verificación; si el tratamiento fuese ilícito pero el interesado se opone a la supresión de los datos; si el responsable no necesita los datos pero sí el interesado para la formulación, el ejercicio o la defensa de reclamaciones, o si el interesado ha ejercido su derecho de oposición, mientras se decide sobre el mismo.

     

    En estos casos, cuando el tratamiento se haya limitado, los datos solo podrán tratarse con el consentimiento del interesado o para la formulación de reclamaciones, entre otros supuestos.

  • Derecho de oposición (artículo 21 del RGPD)

    Permite solicitar al interesado, por motivos relacionados con su situación particular, que no se lleve a cabo el tratamiento de sus datos personales o se cese el mismo. En ese caso, los datos se dejarán de tratar salvo que quede acreditado por el responsable que existen motivos legítimos imperiosos que prevalezcan sobre los intereses, los derechos y las libertades del interesado, o para la formulación, el ejercicio o la defensa de reclamaciones.

  • Derecho a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas (artículo 22 del RGPD)

    Existe un derecho general de las personas a no ser objeto de una decisión basada únicamente en el tratamiento automatizado de datos personales, incluida la elaboración de perfiles, que produzca efectos jurídicos sobre ellas o que les afecten significativamente.

     

    Este derecho está sujeto a ciertas excepciones (Artículo 22.2 del RGPD) , pero entonces se tendrá derecho a solicitar la intervención humana y a impugnar la decisión. Igualmente, se tiene derecho a conocer información relevante sobre la lógica aplicada y las consecuencias de la decisión.

Ejercicio de los derechos en materia de protección de datos

Estos derechos sólo pueden ser ejercidos por sus titulares o sus representantes legales. En el caso de los menores de 14 años, los padres o madres, cuando ostenten la patria potestad, o los tutores legales podrán ejercitarlos en su nombre. Si son mayores de esa edad los podrán ejercitar el propio alumnado o sus representantes legales.

 

Los responsables del tratamiento deben contestar a los interesados siempre, aunque no se disponga de los datos sobre los que verse el derecho ejercitado, en el plazo máximo de un mes a partir de su recepción (el plazo podría prorrogarse otros dos meses).

 

En los centros docentes públicos puedes ejercer tus derechos rellenando el formulario disponible en:

https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos.html

 

Si no recibes respuesta o no estás de acuerdo con ella, podrás presentar una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía en el siguiente enlace:

https://www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos/reclamaciones-ante-el-consejo-por-vulneracion-la-normativa-proteccion-datos-personales